miércoles, 11 de febrero de 2009

Eliminan exoneración que se convertía en perjuicio

La Comisión Permanente del Congreso aprobó el proyecto de ley 1349, presentado por la legisladora Luciana León en el 2006, con el fin de eliminar la exoneración del IGV que hoy tienen algunas empresas que brindan servicios a los exportadores en las zonas aduaneras.

Según la exposición de motivos, la exoneración no constituía un beneficio sino un perjuicio a los exportadores, pues, al final de la cadena en la provisión de servicios, el fisco terminaba cobrando más con la exoneración que sin ella. ¿Cómo?

El problema radica en que al estar una parte de la cadena de servicios exonerada del IGV, los clientes de estas no tienen crédito fiscal que recuperar. Así, la base imponible termina siendo mayor para estos clientes, pero también para los exportadores en cuyos costos está incluido el IGV que tienen que pagar sus proveedores. Por último, la exoneración tampoco es buena para los supuestos beneficiados, pues no recuperan el IGV.

Los llamados servicios complementarios al transporte de carga internacional que están exonerados del IGV son el remolque, la movilización de carga entre bodegas de la nave, el transbordo de carga, la descarga y embarque de contenedores, el practicaje, el apoyo a las aeronaves en tierra (rampa), navegación área en ruta y estacionamiento de la nave. El proyecto explica que el error se generó en el Congreso Constituyente Democrático, que aplicó el mismo criterio con el que están exonerados del IGV los servicios prestados a no residentes, lo cual viene a ser exportación de servicios.

Fuente:
http://www.elcomercio.com.pe/impresa/notas/eliminan-exoneracion-que-se-convertia-perjuicio/20090211/244438

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